REGIDOR LEONARDI PRESENTA REGLAMENTO INTERNO DE LA HONORABLE SALA CAPITULAR

TÍTULO PRIMERO
DE LA NATURALEZA DE LA SALA CAPITULAR

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Sala Capitular del municipio de Gaspar Hernandez, de conformidad con las disposiciones conforme con la Constitución y la Ley 176-07 que Rige el Distrito Nacional y los Municipios en la Republica Dominicana.

ARTÍCULO 2.- Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de orden público e interés general, siendo obligatorias para todos los funcionarios, empleados, comisionados, servidores públicos, medios de comunicacion y publico en general .

ARTÍCULO 3.- Para los efectos de este Reglamento, los conceptos que se enumeran tienen el siguiente significado:


1.Constitucion: Constitucion de la Republica Dominicana.
2. Municipio: Municipio de Gaspar Hernandez, Espaillat, Rep.Dom.
3. Sala Capitular: Sala Capitular de Gaspar Hernandez, Espaillat.
4. Presidente: Presidente de la Sala Capitular,Gaspar hernandez.
6. Proyectos: Documentos en general.
7. Alcaldia: Alcaldia Municipal.
8. Alcalde: Alcalde Municipal del Ayuntamiento de Gaspar Hernandez.


CAPÍTULO II
DE LA Sala Capitular

ARTÍCULO 4.- La Sala Capitular contará con las funciones y atribuciones que establece la ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios y las demás que expresamente le encomienden las leyes, reglamentos y acuerdos del Ayuntamiento.

TÍTULO SEGUNDO
ESTRUCTURA LEGISLATIVA

ARTÍCULO 5.- El Sala Capitular Estructurada como lo establece la Contitucion y la ley 176-07.

ARTÍCULO 6.- REGIMEN DE LAS SESIONES.

1.Las sesiones ordinarias se celebran dos (2) veces el mes el primer y el tercer Miercoles de cada mes la primera a las 10:00 de la mañana y la otro a las 4:00 de la tarde..
2.Las sesiones ordinarias se realizaran en horario laborable,


ARTÍCULO 7.FORMAS DE SOMETER PROYECTOS:

1.Los proyectos y/o documentos a ser sometidos deberan depositarse de manera escrita ante la secretaria del Consejo Municipal.
2.Se debera depositar una cantidad de ocho (8) ejemplares,uno para secretaria y uno para cada regidor.
3.Los proyectos y/o documentos deberan ser depositado por lo menos con siete(7) dias antes de la celebracion de la proxima sesion ordinaria.


ARTÍCULO 8.-SOLENNIDAD DE LAS SESIONES.

1.Las sesiones deberan de realizarse bajo el mas alto nivel de respecto entre todos los presentes en la misma.
2.Es un deber de todos los presentes exibir una vestimenta adecuada para esta ocasion.
3.Se prohibe a todos los presente el porte de cualquier tipo de armas durante la realizacion del acto.
4.El publico presente tendra tres participaciones con voz en cada tema, las misma se otorgaran por orden de levantamiento de la mano.
5.Solo se debatiran los temas colocados en agenda.
6.La prensa tendra un area prestablecida para el desempeÑo de sus funciones.


TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente reglamento entra en vigor al día siguiente de su publicación , y deberá publicarse en los medios de comunicacion de mayor circulación en el Municipio.

SEGUNDO.- Se abrogan las disposiciones reglamentarias y administrativas de carácter municipal que se opongan a las presentes disposiciones.

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