Es levantado el EMBARGO a las cuentas de COOP-ADEPE

La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Espaillat, declaró el 3 de julio del 2009 regular y válida en la forma la instancia en referimiento incoada por la demandante Cooperativa de Servicios ADEPE (COOP-ADEPE), los demandados Centro de Ensamblaje Wang Qi Lian, S. A. y el señor Aniano Gregorio Rivas Taveras, por haber sido realizada como manda la ley.Por tal motivo ordenó a los terceros embargados Banco de Reservas del República Dominicana, Banco BHD S.A. y Banco Popular Dominicano, proceder al levantamiento inmediato del embargo retentivo realizado en sus manos por los demandados Centro de Ensamblaje Wang Qi Lian, S. A. y el señor Aniano Gregorio Rivas Taveras, mediante acto No. 916/2009 de fecha 12 de junio del 2009, del ministerial Freddy A. Méndez Medina, alguacil de estrado de la octava sala penal del Distrito Nacional, en perjuicio de la demandante

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